Divorcios
Ante la inminente ruptura de la pareja, es esencial acudir a un abogado para regular las condiciones en un convenio regulador. Para ello, puede existir acuerdo entre las dos partes o no.
Cuando ambos cónyuges llegan a un entendimiento, en todos los extremos, sobre las medidas que se deberán adoptar tras el divorcio, estaríamos ante un DIVORCIO MUTUO ACUERDO.
El divorcio de mutuo acuerdo puede realizarse mediante dos vías:
Vía Judicial
Dicho acuerdo quedará recogido mediante un Convenio Regulador redactado por un abogado, que deberá recoger la repartición de los bienes, las compensaciones económicas si procedieren, los alimentos, así como la custodia, derecho de visitas, pensión de alimentos en el caso que hubiere hijos menores. Serán los propios cónyuges los que tendrán que ratificarlo judicialmente y el Juez dictará una resolución en dicho sentido.
Vía Notarial
Para llevarlo a cabo solo deben contratar a un abogado para que redacte un Convenio Regulador con las medidas a adoptar, y personarse en la notaría para expresar su voluntad inequívoca sobre el divorcio y las medidas que contiene el Convenio. Este acuerdo quedará recogido mediante escritura notarial, y será firmado por las partes, listo para su inscripción.
Por el contrario, cuando se han agotado todas las posibilidades de llegar a un acuerdo y éste no existe, estaremos ante un DIVORCIO CONTENCIOSO
El divorcio contencioso consiste en la presentación de la demanda de divorcio por parte únicamente de uno de los cónyuges, celebrándose una vista en la que, una vez practicada la prueba de cada una de las partes, el Juez decidirá sobre el Divorcio y las medidas a adoptarse tras este. Si bien cabe indicar que una vez iniciado el procedimiento por esta vía, siempre se está a tiempo de alcanzar un acuerdo.
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